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05/04/2021 11:23
Fecha del evento: 2021-04-08
Horario: 17 horas
Temas: Empresa, Igualdad, Jornada, Legislación laboral
A partir del 14 de abril todas las empresas deberán tener listo el registro salarial que busca lograr la igualdad retributiva entre ambos sexos, tal y como marca el Real Decreto 902/2020 de 13 de noviembre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, que fue aprobado por el Gobierno el pasado mes de noviembre.
Este registro salarial es un documento en el que constan los valores medios y los medianos de todos los salarios de los trabajadores de una empresa. En él se incluyen, además, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales, desagregados por sexos y distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo iguales o de igual valor, conforme a lo establecido en el artículo 28.2 del Estatuto de los Trabajadores.
Deberán estar reflejados todos los empleados de la empresa, incluido el personal directivo y los altos cargos. Bajo el principio de transparencia retributiva, el objetivo de esta nueva norma es evitar discriminación laboral por razón de sexo en materia retributiva, desarrollando los mecanismos necesarios para identificar y corregir la discriminación en este ámbito y luchar contra la misma.
La Administración inspeccionará de manera conveniente que las empresas cumplan con esta nueva regulación desde su entrada en vigor, e impondrá severas sanciones a quienes lo incumplan.
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